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Requisitos y normativa.

Lo que pide la ley colombiana para comprar y vender divisas, y cómo lo aplicamos en cada operación.

01 — Documentos requeridos

Lo que necesitas para cambiar.

Presenta siempre el documento original. Desde USD 1.000 también pedimos una copia.

Personas naturales

Un documento de identidad vigente

  • Tarjeta de identidad Mayores de 12 años
  • Cédula de ciudadanía
  • Cédula de extranjería Extranjeros residentes en el país
  • Pasaporte Extranjeros
  • DNI (Documento Nacional de Identidad) Países miembros y asociados al MERCOSUR
  • Carné diplomático
Personas jurídicas (empresas)

Documentos de la empresa

  • RUT Registro Único Tributario
  • Certificado de Cámara de Comercio
  • Fotocopia del documento del representante legal
  • Documento que certifique nombre, identificación y porcentaje de participación de los socios con más del 25 % del capital social
  • Si la transacción la realiza un tercero Carta de autorización firmada por el representante legal, indicando el monto y el origen o destino de las divisas
OriginalDocumento de identidad en toda operación.
USD 1.000Desde este monto pedimos copia del documento.
USD 9.999Monto máximo que pagamos en efectivo al comprarte divisas.
USD 10.000Desde este monto aplicamos debida diligencia intensificada.
02 — Marco normativo

Las reglas que cumplimos.

Toca cada tema para ver el detalle.

¿Dudas? Escríbenos¿Dudas? Escríbenos
Banco de la República · Resolución Externa 1 de 2018Obligaciones cambiarias de la compra y venta de divisas
  • Todas las operaciones de cambio por la compra y venta de divisas se realizarán mediante la declaración de cambio, la cual contiene la identificación del declarante, del beneficiario de la operación y demás características que el Banco de la República reglamente.
  • No está autorizada la realización de depósitos o de cualquier otra operación financiera en moneda extranjera o, en general, de cualquier contrato o convenio entre residentes en moneda extranjera.
  • El profesional de cambio debe efectuar un proceso de debida diligencia de sus clientes, que permita conocer y verificar la identidad tanto del cliente como del beneficiario final de la operación.
  • Se pagarán en efectivo las compras de divisas cuando su monto sea hasta USD 9.999 o su equivalente en otras monedas.
  • El profesional de cambio debe exigir la exhibición del documento de identidad original. Debe solicitar la copia del documento de identidad para operaciones de compra o venta de divisas iguales o superiores a USD 1.000 o su equivalente en otras monedas.
Personas Expuestas Políticamente¿Qué es un PEP?

Los PEP (Personas Expuestas Políticamente) son individuos que ocupan o han ocupado cargos públicos de alto perfil, tanto a nivel nacional como internacional. Esto incluye, por ejemplo, jefes de Estado, ministros, legisladores, jueces de cortes supremas, altos funcionarios militares y ejecutivos de empresas estatales. Debido a sus posiciones de poder e influencia, los PEP son considerados de mayor riesgo en el contexto de lavado de dinero y corrupción, ya que pueden ser más vulnerables a recibir sobornos o participar en actividades ilícitas.

Las instituciones financieras y otras entidades sujetas a regulaciones de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo deben aplicar una debida diligencia ampliada cuando tratan con PEP, para mitigar el riesgo de ser utilizados como vehículos para actividades ilícitas.

Prevención de lavado de activos¿Qué es SARLAFT-FPADM?

SARLAFT-FPADM se refiere a un marco normativo en Colombia diseñado para combatir el Lavado de Activos (LA), la Financiación del Terrorismo (FT) y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FPADM). Este sistema tiene como objetivo establecer mecanismos y controles para que las empresas prevengan, detecten y gestionen los riesgos asociados con estas actividades ilícitas.

La implementación de SARLAFT-FPADM no solo mitiga riesgos legales y reputacionales, sino que también reduce la exposición a sanciones y pérdidas financieras debido a actividades fraudulentas o de financiamiento ilícito.

Resolución 029 de marzo de 2020Actualización del sistema de administración de riesgos
  • Las operaciones que superen una cuantía de USD 10.000 o su equivalente en otras divisas deben estar sujetas a una debida diligencia intensificada, estableciendo la procedencia de los fondos para la realización de la operación y el destino de los mismos.
  • El conocimiento del cliente incluye la actividad económica, estados financieros y todos aquellos documentos que aclaren su actividad.
  • El Sistema de Administración del Riesgo de LA/FT-FPADM del profesional de cambio debe contemplar medidas reforzadas, intensificadas, eficaces y proporcionales a los riesgos que representen. Se debe evaluar:
    • Examen de los antecedentes.
    • Obtención de información adicional documentada sobre el cliente.
    • Actualización de información con mayor sistematicidad.
    • Obtener información sobre la procedencia de fondos y el destino de la transacción.
DDC intensificadaDebida diligencia del cliente

El profesional de cambio debe conservar la documentación soporte obtenida en aplicación de estas medidas intensificadas, reforzadas, eficaces y proporcionales a los riesgos, para cuando sea requerida por la entidad de control y vigilancia.

Se entienden por transacciones inusuales de alta cuantía aquellas que excedan, por operación o sumatoria de operaciones con un mismo cliente en un mismo día o semana, el monto de diez mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 10.000) en efectivo, o su equivalente en otras monedas.

Para contabilizar el término semanal, se tendrá en cuenta como primer día el correspondiente a la fecha de la primera operación de compra o venta de divisas celebrada.

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